OACNUDH preocupada por restricciones a la libertad de expresión

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Tegucigalpa.- La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras, manifiesta su preocupación por las recientes condenas que restringen el derecho a la libertad de expresión. Estas condenas involucran a una defensora de derechos humanos, también diputada del Congreso Nacional condenada por el delito de calumnia constitutivo de difamación a 2 años y 8 meses de pena privativa de libertad y una pena accesoria de inhabilitación especial e interdicción civil, y un periodista sentenciado a 10 años de reclusión no conmutable por 6 delitos de difamación constitutivos de injurias y calumnias.

La representante de la Alta Comisionada, Sra. María Soledad Pazo recuerda que el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión en su informe de misión a Honduras, señaló: “Noto con seria preocupación […] que la criminalización de los delitos de injuria, calumnia y difamación puede ser utilizada para silenciar a la prensa y limitar el derecho a la libertad de expresión de manera excesiva. De este modo, existe la posibilidad de que se empiecen procesos penales en contra de cualquier persona que exprese una opinión que pueda ser considerada contraria a la dignidad de una autoridad pública, debilitando de esta manera el derecho a la libertad de opinión y expresión”.

El Relator Especial señaló en el mismo informe que: “las medidas legales relativas a la libertad de opinión y expresión deben existir para eliminar obstáculos legales para el libre ejercicio de ese derecho fundamental, así como para sancionar a quienes violan ese derecho. En este sentido, las medidas legales no deben restringir indebidamente el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni tampoco deben permitir que se usen para censurar y sancionar a personas que hagan uso de su derecho a la libertad de expresión. El Estado también tiene la obligación de tomar medidas para prevenir crímenes contra la libertad de expresión donde haya riesgo de que estos ocurran” 1

La OACNUDH recuerda el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el cual establece que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Asimismo, el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
establece  que  “Toda  persona  tiene  derecho  a  la  libertad  de  expresión;  este  derecho
comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

El Estado de Honduras ha recibido recomendaciones por parte del Comité de derechos humanos, el Examen Periódico Universal y del Relator Especial sobre la libertad de expresión en las que solicita se considere la posibilidad de despenalizar la difamación y, en todo caso, que la normativa penal solo debería aplicarse en los casos más graves, ya que la pena de prisión no es nunca apropiada.

En este sentido, la Oficina del Alto Comisionado alienta al Gobierno de Honduras a avanzar en la reforma penal para despenalizar la difamación, calumnia e injuria, y adoptar soluciones adecuadas a través de los procedimientos civiles a los que las personas puedan recurrir en casos de difamación. En atención a todo lo expuesto, la OACNUDH se pone a disposición para acompañar técnicamente este proceso.