OTRA VEZ LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

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En los siguientes minutos que tomará esta columna editorial, no vamos a defender el derecho de libre expresión violado con una sentencia al periodista David Romero, porque él sabe bien cómo defenderse; vamos a defender a partir de esa sentencia, el derecho que todos nosotros tenemos a gozar de la libertad, sin que nos condenen a cárcel en el ámbito penal.

Al hacer esta defensa colectiva, luego de la confirmación de la sentencia condenatoria contra Romero en la Corte de Casación, tampoco estamos haciendo una condena hacia la abogada Sonia Gálvez, víctima de los excesos de la libertad de expresión por el acusado.

Lamentablemente es común aquí en nuestro país confundir los términos. Ocurre con frecuencia que la reacción de los corruptos y criminales después de las denuncias es atacar al mensajero, para desviar la fuerza del mensaje. Y en materia de libertad de expresión, una defensa del derecho colectivo es confundida generalmente como una defensa de la persona cuestionada por sus excesos en la práctica de este derecho.

Aclarado lo anterior, pasemos al asunto principal. Aquí lo que está sobre nuestras cabezas, las de todos y todas, es una guarizama filosa en manos del crimen organizado que desde el Estado quiere azorarnos para dejarnos quietas.

Romero ha dicho claramente que la sentencia condenatoria de esta semana, que proseguiría con su captura y encarcelamiento, fue ordenada por Juan Orlando Hernández hacia su empleado el señor Argueta, porque intentan impedir la divulgación de nueva información que sacudiría la estructura criminal este mes.

Pero desde hace mucho tiempo atrás esta misma élite política, la más sinvergüenza de la nación, viene ocupando pedazo por pedazo el territorio de la libertad, por diferentes medios. El objetivo es impedir la vigilancia colectiva de sus acciones perversas. El objetivo es poner el honor sobre la libertad, el buen nombre sobre el derecho colectivo a la información pública. El silencio, al fin. Porque es un excelente negocio para el crimen.

Después del huracán Mitch, el presidente de la Asociación de Medios de Comunicación Tradicionales de Honduras, el señor Carlos Flores Facussé, impuso las cadenas de radio y televisión desde la Casa Presidencial, y el control de las agendas editoriales de todos los medios, para cerrar todo espacio posible a la disidencia y a la crítica.

Adicionalmente, Facussé ordenó al Congreso Nacional de Pineda Ponce que reformara el Código Penal para declarar delitos penales las informaciones inexactas sobre las finanzas públicas. Y un ministro de compensación social de la época llegó a plantear, inclusive, que en el marco del post huracán toda crítica al Presidente debía ser considerada una crítica a la Patria. Y, por tanto, un delito de lesa Patria. ¡Hábrase visto!

Aquella semejante estupidez era coherente con una línea política definida para impedir a la sociedad hondureña la auditoría de la corrupción sobre los ministros de Flores Facussé, que hacían tropelías con las llamadas obras de reconstrucción. Un capítulo pendiente para la justicia penal hondureña.

En aquella época, el Comisionado Nacional para los Derechos Humanos, Leo Valladares, se atrevió a realizar ejercicios de vigilancia al proceso de solidaridad internacional con la Honduras devastada y el señor Flores Facussé le ordenó ir a contar los granos de frijol y maíz que llegaban en aviones y barcos al país. Y ordenó a su PINPON que reformara la ley del Comisionado para expulsar del cargo a Leo. La gente en las calles impidió semejante embuste de aquél ex ministro de ROSUCO.

En el período de Manuel Zelaya la sociedad organizada propuso al Congreso Nacional la ley de transparencia y acceso a la información pública, pero el mismo señor Flores Facussé puso en 2006 a su hija Lizy Flores a dirigir la sesión del Congreso y ocurrió lo peor. La dinastía Facussé-Callejas creó un nuevo triunvirato para controlar la Ley. Pusieron a sus defensoras personales al frente: Elizabeth Chiuz, Arturo Echenique y Gilma Agurcia.

Con el golpe de Estado, desde 2009 hasta la fecha, esa misma dinastía coludida con los nuevos apellidos Hernández, Rivera y Oliva reformaron la ley para poner toda la información pública en condición de reservada y secreta. Pusieron un candado al derecho de la gente a pedir acceso a lo público.

Paralelamente, esta colusión del crimen organizado aprobó normas violatorias a la libertad de expresión como la ley antiterrorista, ley de escuchas, ley de inteligencia y la aplicación de programas electrónicos de invasión a la secretividad de las comunicaciones, entre otras.

El individualismo autoritario del Mitch y el golpismo, juntos, han creado una amenaza brutal a la libertad de expresión que se expresa en nuestros días en un sistema de medios de comunicación bajo el control absoluto de la Casa Presidencial. Una especie de cartel organizado para el terrorismo mediático, que impone la agenda de la muerte, del chiste tonto y la falsa normalidad, incluyendo el silencio delincuencial como convenga.

Ese silencio también tiene su propia ley. Se llama la Ley del Cange Publicitario. Las empresas de comunicación no pagan impuestos al Estado pero a cambio deben divulgar todo lo que el gobierno ordene, y callar todo aquello que sea inconveniente a sus intereses mutuamente compartidos. Un verdadero bozal, vergonzoso, condenable, que debe ser eliminado bien pronto.

Las excepciones a esa barbaridad existen por supuesto. Sin embargo, la regla es contra la sociedad. Por eso no podemos aceptar en nombre del honor, la fama y el buen nombre, que la dictadura del crimen organizado utilice el derecho penal para criminalizar la libertad de expresión.

En las últimas horas ha sido bien explicado. Los excesos de la libertad de expresión contra personas naturales, que no sean funcionarios públicos sujetos a la veeduría pública, deben ser resueltos en el ámbito civil como corresponde pero, no utilizar nunca las cortes para criminalizar un derecho colectivo, de naturaleza absolutamente social como es la libertad de expresión.

Ningún Estado debe repetir prédicas moralistas para hacer libertad responsable ni emitir opinión objetiva. Eso no le corresponde a ustedes, señores. Los efectos ulteriores en el ejercicio de este derecho le corresponden a las partes, ellas saben que las pruebas de la real malicia deben ser aportadas ante juez por la parte acusadora. Igual, ningún Estado debe imponer el honor por encima de la libertad. El Estado debe atenerse al escrutinio público, siempre.

(Claro, esto es irónico porque el de Honduras no es un Estado… es un cartel)

Editorial Voces contra El Olvido, sábado 12 de enero de 2019