Tegucigalpa.- El 5 de noviembre de 2024 el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), presentó impulsos procesales en relación a recursos de casación interpuestos en contra de Sentencias Absolutorias, emitidas por Tribunales de Sentencia de Tegucigalpa, Siguatepeque y Juticalpa, quienes absolvieron de responsabilidad a agentes de la Policía Nacional que cometieron en el ejercicio de sus funciones y en una clara posición de poder y ventaja, graves violaciones a derechos humamos.
Dichas acciones que culminaron en asesinatos, homicidios, torturas y lesiones graves en perjuicios, tanto de manifestantes como de ciudadanos, víctimas mortales.
El objetivo de estos impulsos procesales es lograr que la Sala de lo Penal revierta las sentencias absolutorias, resolviendo con lugar los Recursos de Casación interpuestos, condenando a los violadores de derechos humanos.
Cabe señalar que estos recursos están pendientes de resolver, unos desde el año 2018 a la fecha.
Área de Acceso a la Justicia del Cofadeh presentó el 31 de mayo de 2018 un recurso de casación en cuanto al fallo dictado el 26 de abril de ese mismo año del Tribunal de Sentencia de Siguatepeque, en el que los jueces determinaron dejar en libertad a los policías acusados de dar muerte al ciudadano hondureño, con residencia en Estado Unidos, Mario Orlando Sequeira Canales, quien se encontraba en el país visitando a su familia.
Los acusados fueron Héctor Elvir Corea López, Carlos Roberto Palma, Mónico Aguirre Urquía, Carlos Francisco Verde, Edgar David Salgado Nieto, Alfredo Pérez López, Edwin Hernández del Cid, por los delitos de violación a los deberes de los funcionarios públicos, abuso de autoridad, tortura y homicidio en perjuicio de la administración pública y Mario Orlando Sequeira Canales.
En la lectura de sentencias, Karol Cárdenas, del Área de Acceso a la Justicia del COFADEH, quien se constituyó como acusador privado de la familia Sequeira, expresó que es aberrante la decisión por parte del Tribunal de Sentencias, al absolver a los imputados, argumentando que no se individualizó la participación de los imputados.
Mario Sequeira Canales había ingresado a Siguatepeque en los últimos días de mayo del año 2010 procedente de Estados Unidos, de donde salió para pasar una temporada corta con sus familiares residentes en esta ciudad. Sequeira Canales jamás imaginó que la muerte le esperaría en el lugar que lo vio crecer.
Después de registrarse en el hotel, para festejar ingirió algunas bebidas alcohólicas. Fue denunciado por el gerente para que lo detuvieran por escándalo público, pero al resistirse fue golpeado y trasladado hasta la posta policial, donde lo continuaron golpeando hasta causarle la muerte.
Cuando ya no respiraba lo sacaron de la celda y lo trasladaron en la paila de una patrulla hasta una clínica, donde se comprobó que ya estaba muerto, por lo que el doctor no lo quiso ingresar, debido al estado en el que se encontraba.
Al día siguiente los familiares fueron a ver cómo se encontraba y a ver la hora de salida, a lo que le dijeron que Sequeira Canales, nunca había estado allí, aún cuando uno de sus hermanos vio como lo trasladaban en la patrulla.
Para saber más y el por qué fue detenido, uno de sus hermanos fue a la posta y escuchó los gritos desde afuera, pero él pensó que era producto del estado de ebriedad en el que se encontraba y que al día siguiente saldría, pero jamás se imaginó que en ese momento su hermano estaba siendo torturado por los elementos policiales dentro de la celda y que ya no lo vería con vida.
Asimismo, también fue presentado un recurso de la profesora Agustina Flores, quien la madrugada del 22 de septiembre de 2009 fue atacada frutalmente por la Policía Nacional, que irrumpió la zona aledaña a la Embajada de Brasil, montando persecución contra la oposición al golpe de estado contra el expresidente Manuel Zelaya Rosales.
Agustina Flores fue brutalmente atacada, golpeada, torturada y apresada por tres semanas. Las policías se ensañaron contra ella, hasta un diente le arrancaron a punta de golpes en su rostro, relata la declaración de octubre de 2009 ante el COFADEH.
La profesora Agustina, ahora ya jubilada, es hija de la lideresa indígena y política Austraberta Flores y hermana de Berta Cáceres Flores, líder y defensora de los derechos indígena y del medio ambiente, asesinada el 2 de marzo de 2016.
La acusación privada está a cargo de las abogadas Karol Cárdenas y Dora Oliva, en representación del COFADEH. Y el Ministerio Público, como ente acusador.
El COFADEH presentó recurso de casación el cual continúa pendiente de resolución.
Otro de los casos que se encuentra a la espera de respuesta es el conocido como “12 de agosto”.
En este caso fueron víctimas de violaciones a derechos humanos por agentes policiales un grupo de 26 hombres y mujeres, que fueron capturados y torturados en el centro de Tegucigalpa, el 12 de agosto de 2009, al terminar una movilización pacífica contra el golpe de Estado.
Luego de detenerlos ilegalmente, los agentes policiales los llevaron al cuartel del Comando Especial “COBRA”, dirigido por el Policía Elder Madrid Guerra (ya fallecido), siendo ésta una cárcel ilegal, donde continuó el maltrato que, además, desencadenó en la criminalización de las víctimas por muchos años.
A 15 años de las graves violaciones a derechos humanos, aún siguen a la espera de que se les haga justicia y que castiguen a todos los elementos policiales que participaron en el brutal ataque.
Las víctimas son Alba Leticia Ochoa, Mabel Carolina López, Nelson Gustavo Rivera, José Natividad Pérez Lorenzo, Gerardo Arturo Flores, Emerson Rosikler Barahona, Daniel Cárcamo Sánchez, Magdaleno Lazo Pineda, Allan Samuel Cruz, Rosario Vásquez y Oslin Daniel George Cantillano.
También José Lino Ávila, Justo Pastor Mondragón, Óscar Manuel Murillo, Santos Ricardo Peña, Darwin Isaac Amaya, Sergio Raúl Jerezano, Wilmer Orlando López, Santos René Herrera, Mario Rodrigo Ardón, Florentino Izaguirre, Lisandro Gómez, Oscar Manuel Murillo, Darwin Said Hernández, y Milko Durán Céspedes.
Los policías fueron acusados por el Ministerio Público de los delitos de vejámenes, abuso de autoridad, tortura y detención ilegal, pero la Corte de Apelaciones determinó acusarlos solo por el delito de vejámenes.
Las víctimas, junto al Cofadeh, que desde que sucedieron los hechos se constituyó como acusador privado, por 15 años han luchado porque se haga justicia.
Los agentes de la policía que participaron en ese brutal acto fueron Juana María Alvarado Barahona, Esther Esperanza Ramos, Suyapa Marina Elvir Escalante y el subcomisionado de policía José Ventura Flores Maradiaga y el gente del DNIC (Dirección Nacional de Investigación Criminal) Carlos Isaías Polanco, quienes fueron declarados culpables del delito de vejámenes en perjuicio de 24 personas, que se manifestaban en contra del golpe de Estado perpetrado en contra del expresidente Manuel Zelaya Rosales en el año 2009.
Pero, la realidad que lo que se cometió fue actos salvajes y graves torturas en contra de los hombres y mujeres, que por muchos años les ha traído consecuencias graves, tanto en su entorno familiar como en su salud.
Otro de los casos es el de David Octavio Quiroz, asesinado el 15 de diciembre de 2017 durante la crisis post electoral, a manos de agentes de la Policía Militar del Orden Público (PMOP).
El hecho ocurrió en el sector de Guacamaya, Dos Caminos, Villanueva, Cortes, en horas de la mañana cuando más de 60 militares salieron del Tercer Batallón de la PMOP al sector antes mencionado, y reprimieron si mediar palabras una manifestación contra el fraude electoral de 2017.
En este caso se logró acreditar la participación del sargento primero de la PMOP Denis Omar Cáceres, quien disparó su ama de reglamento sin mediar palabras a las personas que se manifestaban en contra del fraude electoral.
Otra de las graves violaciones a DDHH que continúa a la espera de justicia o que se resuelva el recurso de casación a favor de las víctimas, es el de el crimen de Rinel Argueta Oliva, ocurrida en el municipio de San Esteban, Olancho, el 21 de junio de 2020.
La Sala Uno del Tribunal de Sentencia de Juticalpa, Olancho, absolvió de responsabilidad penal a cuatro agentes policiales de la unidad Toma Integral Gubernamental de Respuesta Especial de Seguridad (TIGRES), del crimen de Rinel Argueta Oliva.
Argueta Oliva fue ultimado el 21 de junio de 2020 en horas de la madrugada en el municipio de San Esteban, durante un supuesto operativo que realizaban siete policías, cinco pertenecientes a la unidad TIGRES y dos a la Preventiva, asignados a la delegación de esa jurisdicción.
El juicio contra los agentes policiales Elmer Alexander Castellanos Castillo, Melvin Josué Murillo Gonzales, Ruperto Antonio Rodríguez Zelaya y Alex Manrique Andara Vallecillo, se realizó a finales de abril e inicios de mayo de 2021. Por mayoría de votos, el Tribunal de Sentencia absolvió de responsabilidad penal a los cuatro agentes policiales Tigres, por lo que les revocó la medida de prisión y extendió carta de libertad.
Las juezas Grisel Amalia Arnodo y Erica Suyapa Cerna consideraron que el Ministerio Público no presentó los elementos suficientes para dictar sentencia condenatoria contra los policías, por lo que votaron para que fueran absueltos de responsabilidad penal por el crimen de Rinel Argueta.
Mientras que Mary Fiallos consideró que sí había los elementos necesarios para condenar a los acusados, por lo que su voto fue disidente al de sus compañeras.
De todos estos casos se espera una pronta respuesta, que sea favorable a las víctimas que llevan años por la espera de justicia.