Falta de Voluntad política niega reparación a víctimas de violaciones de DDHH

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1990
Corte Interamericana de Derechos Humanos

Tegucigalpa.

Por Sandra Rodríguez
Desde hace décadas el Estado de Honduras mantiene deudas pendientes con víctimas de violaciones a los derechos humanos, pese a las sentencias emitidas el sistema interamericano de justicia, al parecer no hay voluntad para aceptar que ha cometido errores, provocando con ello la repetición de los hechos y aumentado la carga de impunidad.

Es por ello que, en julio del 2015, se formó la Mesa de Seguimiento a las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Co-IDH, integrada por diez organizaciones defensoras de DDHH que representan siete casos cuyas sentencias están sin cumplir a cabalidad.

Sus integrantes son la Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH), Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de la Tortura (CPTRT),  Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús en Honduras (ERIC-SJ), Casa Alianza-Honduras, Caritas diocesana de San Pedro Sula, Pastoral Penitenciaria, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Familia de Carlos Luna, y la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD).

Las organizaciones dan seguimiento a determinados casos, por lo que  al Mesa de Seguimiento surge con la necesidad de hacer que el Estado de Honduras cumpla con las resoluciones de la Co-DH,  que llevan varios años en espera de su ejecución, explicó Mery Agurcia, del COFADEH, que representa el caso de la detención forzada seguida de ejecución de Juan Humberto Sánchez, en julio de 1992, y sentenciado el Estado de Honduras  el 7 de junio del año 2003.

“Uno de los –casos- más viejos es el de Juan Humberto Sánchez, desde el 2003,  y el Estado de Honduras no ha cumplido con todas las resoluciones y mandatos que ordenó la Co-IDH, para que el Estado de Honduras evitara que hubiera nuevas desapariciones forzadas”, agregó Agurcia.

Según la resolución de la Corte, en el numeral 10 establece que “el Estado debe continuar investigando efectivamente los hechos del presente caso en los términos del párrafo 186 de la presente Sentencia, identificar a los responsables tanto materiales como intelectuales, así como a los eventuales encubridores, y sancionarlos administrativa y penalmente según corresponda; que los familiares de la víctima deberán tener pleno acceso y capacidad de actuar, en todas las etapas e instancias de dichas investigaciones, de conformidad con la ley interna y las normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y que los resultados de las investigaciones deberán ser públicamente divulgados.”

Cabe mencionar que el Estado cumplió –por ejemplo- con la parte quizás más fácil para los Estados, es la parte pecuniaria, pero no con los más importante como es un registro nacional de detenidos, una investigación seria, imparcial y eficaz que lleve a investigar las cadenas de mando que provocaron la muerte de Sánchez.

Lo mismo ha ocurrido con los casos “Servellón y Otros”, (ejecución extrajudicial de cuatro jóvenes en Tegucigalpa, en 1995) conocido también como “Cuatro Puntos Cardinales”, cuya sentencia fue emitida el 21 de septiembre del 2006,  que da seguimiento Casa Alianza; o el caso Pacheco Teruel y otros, (sentencia emitida el 27 de abril de 2012, encontrando a Honduras responsable internacionalmente por la muerte de 107 internos privados de libertad, con motivo del incendio ocurrido el 17 de mayo de 2004 en la bartolina o celda No. 19 del Centro Penal de San Pedro Sula).

Así mismo pasa con caso de la ambientalista Blanca Jeannette Kawas Fernández, (asesinada el 6 de febrero de 1995), el estado de Honduras fue sentenciado el 3 de abril del 2009, y el caso lo representa el ERIC y CEJIL, parte de las reparaciones fue nombrar el parque nacional “Punta Sal” con su nombre, sin embargo no se le da el cuidado oportuno, siendo amenazado con incendios forestales como el de marzo pasado que tardó cinco días en ser apagado.

PGRAgurcia también mencionó el caso del líder garífuna Alfredo López Álvarez, quien fue privado de su libertad personal a partir del 27 de abril de 1997 hasta el 26 de agosto del 2003, acusado por posesión y tráfico ilícito de estupefacientes; el 7 de noviembre del año 2000 el juez que conocía la causa le dictó sentencia condenatoria que fue anulada el 2 de mayo de 2001 por la Corte de Apelaciones de la ciudad de La Ceiba; ésta ordenó retrotraer el juicio a la etapa del sumario, y el 13 de enero de 2003 el Tribunal de primera instancia dictó nueva sentencia, confirmada por la Corte de Apelaciones de la Ceiba, que lo absolvió. Este caso es representando por el ERIC.

Y el caso más reciente es el de los jueces despedidos por manifestarse en contra del Golpe de Estado del 2009, representado por la AJD, quienes se integraron después de una audiencia conjunta que la Mesa solicitó a la Co-IDH cuando celebró sesiones en Honduras, en agosto del 2015, aclaró Agurcia.

Esta audiencia se solicitó porque había mucha preocupación entre las organizaciones sociales,  y fue concedida pese a que la Corte no suele dar audiencias en el país anfitrión, pero en esta ocasión hizo una celebración por una audiencia diferente, no por un caso concreto sino por todos los casos que se conocían agrupándolos en tres bloques: investigaciones, centros penitenciarios y registro de detenidos, y defensores de DDHH (Carlos Escaleras, Jeannette Kawas  y Carlos Luna), en todos esos casos la Co-IDH le ordena al Estado que genere organismos para la seguridad de defensores ambientales, ahí hace una deferencia bien clara, “dice para defensores ambientales”, exaltó Agurcia, pero el Estado nunca generó un mecanismo a pesar de que era una orden.

En los últimos diez años, 102 personas defensoras de derechos ambientales han sido asesinadas, y de esos solo tres ha conocido la Co-IDH. Eso es grave, porque entonces los defensores ambientales están en total indefensión, realizando su trabajo en total inseguridad, continuó la procuradora de ddhh del COFADEH.

El Estado se aprovechó de la exigencia de la comunidad de ddhh en Honduras que exigía desde el año 2009 en adelante una ley de protección y un mecanismo para proteger a defensores, entonces en el preámbulo de la ley para protección de defensores de DDHH, le agregó “ambientalistas”, pero resulta que cuando uno lee todo el articulado de la Ley desparecen los ambientalistas, y además el Mecanismo aún está en proceso, no ha sido aprobado y ese es el que el Estado ha presentado como cumplimiento de esa sentencia, lo cual no ha  sido de su voluntad, sino una exigencia de la sociedad civil.

Sin interés por aceptar errores

Por lo antes expuesto, la Mesa de Seguimiento ha tomado en total siete sentencias de la Co-IDH, cuyo término de cumplimiento se ha vencido.

Hay situaciones que el Estado puede resolver, como restituir en sus puestos a los jueces despedidos Adán Guillermo López Lone, Luis Chévez de la Rocha, Ramón Barrios y la magistrada Tirza Flores Lanza.

Es ilógico no hacerlo, porque esas plazas estaban ahí, lo único que tiene que hacer es remover a quienes están ocupando dichos puestos, reubicarlos, y si los despide indemnizarlos, porque los que están ocupando la plaza tampoco tienen la culpa que el Estado haya despedido de forma incorrecta a los jueces que ganaron la sentencia, explicó Agurcia.

“Entonces es simplemente falta de voluntad del Estado de cumplir con una sentencia que le manda a reparar el daño causado”.

El gran problema es que el Estado cumple con todo aquello que no le genera costo, como pagar las indemnizaciones pecuniarias, colocar una placa de hierro colado que después se pierde o se destruye, colocar el nombre de la víctima a un parque o una calle, y que después nadie sabe ni porqué la calle se llama así.

Al Estado le afecta lo que tiene costo político, por ejemplo restituir en sus puestos a los jueces, generar un mecanismo que registe las detenciones ilegales en el país como lo indica en las sentencia de Juan Humberto Sánchez, o mejorar los centros penales que es la sentencia de Alfredo López Álvarez. Si bien, el Estado está diciendo que cumple con esa sentencia haciendo más centros penales, pero ¿estos reúnen las condiciones que la Co-IDH ordena en relación a garantías de ddhh a las personas privadas de libertad? Interrogó Agurcia.

“El pozo” en Santa Bárbara,  es uno de los centros penales que el Estado de Honduras dice que lo ha construido en cumplimiento de la sentencia López Álvarez, pero lo que está generando es graves violaciones a los ddhh;  y las declaraciones del presidente Juan Orlando Hernández lo demuestra, desde septiembre del año pasado viene haciendo una campaña de descrédito contra las organizaciones que defienden los derechos de las personas privadas de libertad, eso genera una tendencia maliciosa, cuando dice que las víctimas de “los mareros” que están en El Pozo también tienen derecho.

“Pero nadie dice lo contrario, el Estado de Honduras no puede convertirse en un vengador,  lo único que tiene que hacer es aplicar la Ley y cumplir con las recomendaciones que la Co-IDH ha emitido”, agregó Agurcia a defensoresenlinea.com.

Entonces las organizaciones que litigamos ante el Sistema Interamericano en la demanda de justicia, exigimos que el Estado cumpla con las sentencia a cabalidad, de lo contrario no se mejorará la situación estructural del país. Ir al sistema interamericano no es buscar castigar al estado sino que mejore la infraestructura en materia de ddhh.

El plazo es que el Estado cumpla con las sentencias

La Mesa de Seguimiento a las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Co-IDH, ha presentado observaciones conjuntas a los informes del Estado, ruedas de prensa, análisis del estado de cumplimiento de las sentencias, y está planificando acciones como colocar ante los organismos internacionales que supervisan el cumplimiento de ddhh del Estado de Honduras,  presentarles un informe sobre estos casos y que le exijan información y emitan recomendaciones al Estado en esa materia.

Se considera que en el Sistema Interamericano de justicia haya unos 60 casos de violaciones de derechos humanos de parte de Honduras a partir de los años 90. Antes solo se presentó el caso de la desaparición forzada (1981) de Manfredo Velásquez y Saúl Godínez Cruz (1982), primera sentencia por desaparición forzada, emitida el29 de julio de 1988, y fueron representados por el COFADEH.

Mery Agurcia, reiteró que por  falta de voluntad política, el Estado no cumple en materia de DDHH, las sentencias, pese que algunas son amparadas en jurisprudencia interamericana, o sea,  casos contra Honduras más los casos de cualquier otro países que generen jurisprudencia, el Estado está utilizando eso y también lo utilizó la Sala Constitucional para fallar en las dos sentencias sobre el tema de la reelección ¿Pero que pasa con nuestras sentencias, porque no están cumpliendo con las nuestras? porque hay un coste político que no lo quiere pagar.

Y es que aceptar ese coste político sería decir “yo cometí este error” pero eso más bien les abona en materia de derechos humanos.

Los estados violan los ddhh pero lo pueden hacer de dos maneras: con una política de Estado y la otra porque son conductas autoritarias arraigadas en sus agentes, pero en el caso de Honduras, pareciera que hay una política de Estado para violar los ddhh y ese es el gran problema.