INICIO Seguridad y Justicia Seg y Jus Fran La Rue: La ausencia de justicia constituye impunidad

Fran La Rue: La ausencia de justicia constituye impunidad

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Tegucigalpa.

En conferencia de prensa desarrollada el martes 14 de agosto en la sede del Sistema de Naciones Unidas,  el Relator Especial de la ONU para la Libertad de Expresión, Frank La Rue demandó que se investiguen los asesinatos de periodistas, abogó por los derechos de los pueblos a contar con radios comunitarias y expuso su posición con respecto a despenalizar la difamación, la injuria y la calumnia, entre otras recomendaciones valoradas después de su gira por más de una semana en Honduras.

Su informe respondió a una serie de entrevistas sostenidas con funcionarios del actual régimen al más alto nivel, así como con organizaciones defensoras de derechos humanos, periodistas, medios de comunicación, radios comunitarias y diversos colectivos de la sociedad hondureña.

La Rue comenzó explicando que todo caso de violencia contra periodistas, comunicadores sociales, así como contra  defensores y defensoras de derechos humanos, debe presumirse inicialmente que fue producto de su profesión hasta que la investigación pueda demostrar lo contrario sostuvo el Relator de la ONU.

 El factor más relevante en la violencia contra periodistas, expresada en forma de amenazas, acoso y ataques, es  que si al protección de Estado falla en impedir que estos se produzcan, de igual manera el Estado debe investigar el hecho y detener y sancionar a los autores materiales e intelectuales. “La ausencia de justicia constituye impunidad y al impunidad es una de las causas principales que generan más violencia”, expresó La Rue.

Para erradicar la impunidad en Honduras, La Rue recomendó al Estado que se incremente sustancialmente el personal y el presupuesto de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y que se capacite al personal en la investigación eficiente de las graves violaciones a los derechos humanos, con el concurso de la cooperación y asistencia técnica de organismos internacionales. En ese sentido instó al Estado a extender una invitación a la Relatora Especial de independencia de magistrados y abogados que pueda coadyuvar en procesos de combate contra la impunidad.

En un giro, inesperado de la conferencia de prensa, el Relator de Libertad de Expresión se refirió a las “ciudades modelo” y expresó que el establecimiento de éstas, representan  salirse del régimen territorial del país, trayendo consigo el desplazamiento de poblaciones al establecerse un régimen legal distinto y autónomo del Estado, en una clara violación a la soberanía nacional y la garantía del respeto y7 promoción de los derechos humanos.

La Rue expresó que la profesión  no puede tener requisitos ni limitaciones tales como la titulación, colegiación obligatoria o registro frente al Estado, aunque ve muy importantes que se conformen asociaciones  profesionales que definan un alto nivel de profesionalismo y códigos voluntarios de ética profesional, así como la posibilidad de registrarse ante el Gobierno y obtener credencial de periodistas.

Una limitación a la prensa es por consiguiente una limitación a la participación ciudadana y un atentado contra la democracia, por eso considero que la violencia contra los periodistas debe ser vista no solo como un ataque a los derechos de una persona, sino como un ataque a un derecho de toda la sociedad, el derecho de estar informado y buscar acceso a la información.

“Es por ello que reitero la obligación del Estado de proteger en forma especial a quienes trabajan por la defensa y promoción de los derechos  de otros, tales como defensores de derechos humanos y de periodistas, porque asumen un riesgo especial”, enfatizó.

La Rue recomendó al Estado incrementar las penas a quienes cometan crímenes contra la prensa y la  libertad de expresión, especialmente si son agentes del Estado.

“Recomiendo despenalizar la difamación, calumnia e injuria y convertirlo en una acción de carácter civil, pues ello es más eficiente para proteger el honor y al reputación de personas sin que constituya una intimidación del uso de la fuerza pública o de la cárcel que afecta la libertad de expresión, especialmente cuando son utilizados por funcionarios  públicos para silenciar la crítica. Tampoco es válido intimidar a la prensa con una avalancha de demandas judiciales infundadas que constituyen un verdadero acoso judicial”, enfatizó el representante de la ONU.

Añadió que es importante destacar que en ningún caso pueden ser autoridades del Estado de ningún tipo quienes definan la cualidad profesional del periodismo o quienes pretendan limitar su ejercicio más allá de lo que este plenamente prohibido por ley. En este caso es al público a quien corresponde analizar el profesionalismo, ética de la prensa y medios de comunicación social y hacerles conocer sus observaciones.

La Rue instó a los funcionarios públicos a tener mayores niveles de tolerancia a la crítica pública. A a la vez que recomendó manejar con cautela y buen juicio las cadenas nacionales de información, las cuales deben ser utilizadas en momentos de emergencia nacional o circunstancias críticas para el país, por lo que no deben utilizarse de forma abusiva por los funcionarios para hacerse imagen o campaña política.

Radios comunitarias

“La libertad de expresión se puede ejercer en forma individual, en forma colectiva o como pueblo, pues los pueblos tienen el derecho a poseer una cultura, un idioma, una historia, tradiciones, valores y el derecho de manifestarlos públicamente, así como de reproducirlos para las nuevas generaciones. En ese sentido debe defenderse el derecho del pueblo afro-descendiente, del pueblo miskito, del pueblo maya hondureño y de cualquier otro grupo étnico a que exprese públicamente esa cultura y sus valores sin limitaciones y sin discriminaciones”, sostuvo el Relator de la ONU para la libertad de expresión.

Indicó que La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de la Pueblos Indígenas establece que dichos pueblos  tienen derecho a contar con medios propios de comunicación social, “para ello recomiendo el usufructo de frecuencias de telecomunicación para ser utilizadas por organizaciones y comunidades de dichas regiones. Además propongo un Instituto Nacional de Lenguas de los diferentes grupos étnicos.

El Relator demandó al Estado de Honduras promover en el Congreso Nacional una Ley que redefina el interés social del uso de las frecuencias de telecomunicaciones y su forma de distribución. (en otras palabras la democratización del espacio radioeléctrico de las frecuencias). La Rue consideró que la subasta de  dichas frecuencias es un mecanismo discriminatorio que solo privilegia a ciertos sectores con poder económico. De tal manera que el Estado establezca una Ley que proporciones frecuencias a radios comunitarias, estatales y privadas y que el sector privado no se le permita mantener en condición de “reserva” frecuencias del espectro radioeléctrico de Honduras. En ese sentido el Relator de la ONU recomendó los modelos de ley de Ecuador y Argentina.

“Las frecuencias comunitarias o las públicas deben tener los mismos derechos y obligaciones que las comerciales, por lo que no se debe presumir que necesariamente sean de baja potencia y de poco alcance”, acotó La Rue.

El representante de la ONU planteó la necesidad de que el estado garantice el acceso a internet en todos los sectores de la población, en particular los sectores más pobres, rurales y distantes, dado que el internet  es una tecnología fundamental para la libertad de expresión.

En torno al acceso a la información y la conducta de los funcionarios de gobierno, La Rue expresa que “Los funcionarios públicos por la naturaleza de sus cargos en gran medida renuncian al derecho a la privacidad, pues entre más alto el cargo más deben estar sometidos al escrutinio público a la crítica pública. Un pueblo tiene derecho a pedir y recibir información de cualquier dependencia o funcionarios públicos.

Finalmente La Rue dijo que hay que recordar que la libertad de expresión se puede dar a través de cualquier medio y esto incluye el derecho a la movilización y manifestación pacífica por medio de la cual organizaciones o sectores sociales pueden hacer ver su descontento con políticas públicas, concesiones de explotación de recursos naturales o actitudes de funcionarios.

“El derecho a manifestarse pacíficamente debe ser garantizado constitucionalmente sin exigencia de permiso o autorización previa, ni más limitaciones que la exigencia de ser pacíficas y la protección de los derechos de los demás. En momentos de crisis el Estado debe agotar el diálogo y si la crisis es violenta utilizar la fuerza pública con criterio de proporcionalidad usando el mínimo de fuerza necesaria para re-establecer el orden y sin utilizar la detención arbitraria por el solo hecho de ser manifestante”, explicó.

En materia de protección para los defensores y defensoras de derechos humanos, La Rue puntualizó que la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos debe asumir la coordinación de las políticas públicas en materia de derechos humanos, incluyendo el Programa de Protección de defensores y defensoras de derechos humanos, de periodistas y otros grupos vulnerables.  Y planteó al Estado de Honduras suscribir un convenio con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos para la instalación de una oficina en el país.

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Last Updated ( Wednesday, 15 August 2012 14:21 )  

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